QUÉ ES EL DERECHO DE COMUNICACIÓN CON LOS HIJOS. CÓMO SE EJERCE
Cuando una pareja con hijos decide separarse, poniendo fin a la convivencia, es indispensable dejar bien aclarado tres temas fundamentales, que tienen que ver con los hijos. ¿Cuáles son estos tres temas? Prestación Alimentaria , o lo que en el Código Civil anterior se llamaba alimentos, es decir la cuota alimentaria que deberá abonar a su hijo/s el progenitor no conviviente. Cuidado Persona l, lo que antes conocíamos como tenencia, y; Derecho de Comunicación, o lo que antes de la reforma del Código Civil llamábamos régimen de visitas. Todos estos temas fueron modificados en el nuevo Código Civil y Comercial, y la idea de este artículo, es explicar tal como fue hecho en la anterior entrada con las uniones convivenciales, de que van las modificaciones en cada una de las tres cuestiones. Son contenidos bastante largos especialmente lo que se refiere a prestación alimentaria y cuidado personal, entonces he decidido dividir los temas en diferentes entradas, voy a co...