QUÉ DOCUMENTOS SE NECESITAN PARA INICIAR UNA PROCESO SUCESORIO.
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DEMOSTRAR EL FALLECIMIENTO
Lo primero que vas a necesitar para iniciar una sucesión, es la Partida, Certificado, o Acta de Defunción,
este es el documento mediante el cual se demuestra de forma fehaciente, que una
persona ha fallecido.
Esta Partida, Certificado o Acta, hay que buscarla en el Registro Civil,
del lugar de fallecimiento de la persona, te van a pedir el nombre y apellido
de la persona fallecida, el número de DNI, y la fecha de fallecimiento.
EL tramite se hacer personalmente o mediante alguna gestoría, las partidas
siempre deben estar timbradas, esto quiere decir que hay que pagar un impuesto.
ACREDITAR LOS VINCULOS O LAZOS FAMILIARES CON LA PERSONA FALLECIDA
Luego la siguiente documentación que habrá que reunir serán las Partidas,
Certificados o Actas que acrediten el vínculo de quien o quienes inician la
sucesión con la persona fallecida.
Así, si los herederos de la persona fallecida son los hijos y la esposa,
deberán reunir las respectivas Partidas, Certificados o Actas de nacimiento de
cada uno de ellos, y para el caso de la esposa la respectiva Partida,
Certificado, o Acta de matrimonio.
Esta documentación, también se puede obtener en el Registro Civil del lugar
donde nacieron los hijos, y del lugar donde se llevó el matrimonio, también
requieren del timbrado de ley, razón por la cual previo a su expedición, habrá que
abonar su costo. El tramite puede hacerse personalmente o mediante una gestoría,
obviamente en este último caso el costo será mayor.
Esta es la documentación básica que se necesita para poder iniciar una sucesión, demostrar que hay una persona fallecida, con el certificado de Defunción y que existen vínculos con esa persona, mediante los certificados de nacimiento y de matrimonio.
Con esta documentación estas en condiciones de ir a ver a tu abogado de confianza para iniciar el proceso sucesorio.
Iniciado el proceso sucesorio, habrá que agregar al expediente, otra documentación, pero eso ya quedará en manos del abogado hasta llegar a la Declaratoria de herederos.
OTRA DOCUMENTACIÓN
Luego, habrá que aportar al expediente judicial toda aquella documentación que sea necesaria, para poder acceder a lo que se busca en cada caso particular, así si se trata de cobrar un seguro por fallecimiento, la póliza de seguro o los datos de la misma. Si se trata de inscribir un inmueble o un mueble registrable, como por ejemplo un auto o una embarcación los títulos de propiedad y una cantidad de informes, en este último caso siempre son pedidos por los abogados, o gestores.
La Declaratoria de Herederos tiene sus efectos dependiendo de cada caso particular y a partir de ella, se inicia una nueva etapa en el proceso.
Dado que si en el acervo hereditario de la persona fallecida, había bienes
registrables, estos deberán inscribirse en los registros respectivos a nombre
de los herederos, pero si estas interesado eso te lo explico en otro post. Si estas interesado y quieres saber sobre este o algún otro tema puedes dejarlo en comentarios.
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